Condiciones Generales de Venta y Suministro de MAGIX AG

(02.2007)

 

I. Campo de aplicación

1. Todos los suministros, servicios y ofertas de la MAGIX AG tienen lugar exclusivamente sobre la base de estas Condiciones Generales de Venta y Suministro (AVL) así como sobre la base de las respectivas Condiciones de Licencia (EULA) vigentes de la MAGIX AG cuando se suministre software y/o contenido de audio y video ("A/V content"). Las AVL serán de aplicación en todas las relaciones comerciales, contratos, suministros y otros servicios, tanto presentes como futuros, aún cuando no hayan sido acordadas expresamente.

2. Como muy tarde en el momento de recibirse el suministro o un suministro parcial, estas condiciones se considerarán aceptadas.

3. Las Condiciones Generales de Negocio de la otra Parte contratante, especialmente las Condiciones de Compra, se rechazan desde este mismo instante, aún cuando MAGIX no las rechace de nuevo expresamente. Esto también será de aplicación cuando MAGIX, conociendo la existencia de Condiciones Generales de Negocio del usuario contradictorias con estas, preste los servicios debidos.

4. Las desviaciones con respecto a estas Condiciones Generales solo serán efectivas, cuando MAGIX las confirme por escrito.


II. Oferta y Cierre del contrato

1. Las ofertas de MAGIX son sin compromiso y están sometidas a variación, y se entienden sujetas a la reserva del suministro por parte de suministradores y fabricantes.

2. Las ofertas se entienden como aceptadas y los pedidos como efectuados cuando MAGIX confirme esta circunstancia por escrito o mediante telecomunicación. Lo mismo será de aplicación para los añadidos, modificaciones o cláusulas complementarias. En caso de suministro inmediato la confirmación escrita podrá sustituirse por una factura.

3. Cuando se trata de ofertas de descarga de software o de A/V content, en el momento de iniciarse la transmisión electrónica al demandante, se formaliza un contrato de compraventa relativo al software y/o al A/V content elegido, sobre la base de estas condiciones y de conformidad con la e-EULA.

4. La otra Parte contratante tiene derecho a renunciar a su pedido en un plazo de dos semanas. El derecho de renuncia no es aplicable a comerciantes en el sentido de lo establecido en el Código de Comercio [HGB] y para los que la compra a MAGIX constituye una operación comercial en el sentido de los artículos 343 y ss. del HGB.

5. El periodo de renuncia comenzará con la recepción del suministro por parte de la otra Parte contratante. Para cumplir el plazo, bastará con el envío puntual de la declaración de retracto o de la mercancía suministrada a MAGIX. La declaración de retracto no precisará ni justificación ni firma. No existiendo derecho de renuncia sobre aquellos productos suministrados por MAGIX que sea evidente que han sido adaptados a las necesidades personales del cliente ni sobre los soportes de datos a los que el cliente haya desprovisto del sello. El derecho de renuncia se extinguirá, además, en el caso de aquellos servicios, de acuerdo con el artículo 312 d III del Código Civil [BGB], cuya prestación haya dispuesto el propio cliente y que MAGIX haya comenzado a ejecutar dentro del plazo de renuncia, así como en el caso de los suministros que no sean adecuados para una devolución, de acuerdo con el artículo 312 d IV del Código Civil [BGB] (p.ej. versiones e).

6. En caso de ejercitar el derecho de renuncia, el cliente estará obligado a devolver la mercancía recibida y a borrar las eventuales copias de los programas. En los pedidos de un valor inferior a 40,00 euros, la devolución será por cuenta del cliente, a no ser que las características y la cantidad de la mercancía suministrada no se correspondan con lo solicitado. El cliente deberá restituir los beneficios obtenidos o reemplazar el valor. En caso de deterioro o pérdida de la mercancía por imprudencia leve o por azar, el cliente deberá reemplazar el valor.

7. Los empleados de la sociedad MAGIX no están autorizados a acordar cláusulas complementarias o a hacer promesas verbales que vayan más allá del contenido del contrato escrito.

8. Si una de las Partes contratantes superase su límite de crédito mediante una solicitud de entrega de mercancía, MAGIX quedará liberada de su obligación de suministrar.

9. En el caso de contratos cuyo cumplimiento se lleve a cabo en varias entregas, cada suministro tendrá la consideración de un negocio individual.


III. Precios y pagos

1. Mientras no se indique otra cosa, MAGIX se compromete a mantener los precios contenidos en sus ofertas durante un plazo de 14 días a contar desde la fecha de oferta. Los precios serán los indicados por MAGIX en su confirmación de pedido. Los suministros y servicios adicionales se facturarán por separado.

2. Todos los precios se entienden expresados en la moneda indicada en la factura y no incluyen el IVA vigente el día de suministro desde los almacenes de MAGIX o, en el caso de envío directo, desde la frontera alemana o el puerto de importación alemán y excluyen transporte, embalaje y embalaje de transporte y seguro de transporte, siempre que no se indique otra cosa.

3. Todos los pagos se realizarán en efectivo, por cheque o mediante transferencia bancaria o bien mediante orden de cargo en cuenta, siempre que no se haya acordado otra cosa. Mientras no se especifique lo contrario, no se concederá descuento por pronto pago. Quedando excluida la recogida de letras de cambio.

4. MAGIX estará autorizada, aún cuando las condiciones de la otra Parte contratante establezcan lo contrario, a compensar con los pagos deudas más antiguas. De haberse originado ya costes e intereses, MAGIX tendrá derecho a compensar con los pagos primero los costes, después los intereses y por último el principal. MAGIX informará de estas circunstancias a la otra Parte contratante.

5. Se considerará que un pago se ha producido cuando MAGIX pueda disponer del importe.

6. Los cheques sólo se aceptarán salvo buen fin y solo tendrán la consideración de pago tras su cobro.

7. Si no se acuerda lo contrario por escrito, todas las facturas se pagarán inmediatamente después de su recepción. Serán de aplicación las condiciones de pago indicadas en la factura.

8. Si se instruyesen medidas de ejecución forzosa contra la otra Parte contratante, si la otra Parte contratante incurriese en retrasos en el pago o si la otra Parte contratante incumpliese dolosamente otras de las principales condiciones el contrato, o si llegasen a conocimiento de MAGIX circunstancias que son apropiadas para reducir de manera considerable la credibilidad crediticia de la otra Parte contratante, especialmente suspensiones de pago y procedimiento judiciales o extrajudiciales de suspensión de pagos o quiebra pendientes de resolución, los eventuales acuerdos sobre plazos de pago se considerarán caducados. En estos casos MAGIX podrá exigir el inmediato cumplimiento, declarar la rescisión del contrato formalizado con la otra Parte contratante y/o exigir indemnización en lugar de las prestaciones o retener los suministros y servicios pendientes o solo prestarlos contra el pago de anticipos.

9. La otra Parte contratante solo estará autorizada a compensar o a ejercitar un derecho de retención cuando sus pretensiones hayan sido confirmadas por sentencia firme o sean incuestionables.


IV. Plazos de suministro y prestación de servicios

1. Las fechas y plazos de suministro quedan sometidos a variación, a no ser que se haya acordado expresamente y por escrito lo contrario.

2. La mención de determinados plazos y fechas de entrega por parte de MAGIX queda sujeta al suministro correcto y en plazo a MAGIX por parte de proveedores y fabricantes.

3. Las demoras en el suministro y prestación debidas a fuerza mayor y debidas a otros acontecimientos imprevisibles que dificulten considerablemente o hagan que a MAGIX le resulte imposible llevar a cabo el suministro y de las que MAGIX no sea responsable (entre las que se cuentan, en especial, guerra, dificultades en la adquisición de materiales, disposiciones de las autoridades, no concesión de autorizaciones de exportación, importación o tránsito, medidas de ámbito nacional para limitar el tráfico comercial, huelga, cierre patronal y otras graves alteraciones de la actividad de la empresa, alteraciones del tráfico, independientemente de si estos acontecimientos afectan a MAGIX, sus suministradores o subcontratistas), autorizarán a MAGIX a aplazar el suministro o servicio por el tiempo durante el cual persista el impedimento más un adecuado periodo de arranque o a rescindir el contrato, si este aún no se ha cumplido, en su totalidad o en parte. MAGIX informará inmediatamente a la otra Parte contratante de las dificultades de suministro. El plazo de entrega se prolongará también por el tiempo durante el cual la otra Parte contratante incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales.

4. Si el impedimento se prolongase durante más de tres meses, la otra Parte contratante estará autorizada, tras la fijación de una prórroga (mínimo de 14 días) a rescindir el contrato - en la medida en que no se haya cumplido - total o parcialmente, a no ser que la otra Parte contratante demuestre que su interés en el cumplimiento del contrato ya ha caducado por completo debido a la extinción del plazo.

5. De prolongarse el plazo como consecuencia de la aplicación de lo previsto en el punto 3 o si MAGIX resultase liberada de sus obligaciones, quedará excluida la reclamación de una indemnización a MAGIX, a no ser que MAGIX esté sujeta a responsabilidad de acuerdo con lo previsto en el apartado IX.

6. Si MAGIX fuese responsable del incumplimiento de plazos y fechas garantizados expresamente y se encontrase en mora, la otra Parte contratante tendrá derecho a una indemnización por mora de un 0,5 % por cada semana de retraso completa, pero solo hasta alcanzar un máximo del 5% del importe facturado correspondiente a los suministros y servicios afectados por el retraso, siempre que la otra Parte contratante o MAGIX no demuestren que se ha causado un daño inferior o superior. De acuerdo con lo previsto en el apartado IX, punto 6, quedará excluida la indemnización por un daño indirecto.

7. MAGIX estará autorizada a realizar suministros y prestaciones parciales, en la medida en que de esto no se derive ninguna desventaja en lo relativo al uso. En los contratos de suministro, cada suministro parcial y cada prestación parcial tendrá la consideración de prestación independiente.

8. Si las cantidades de mercancía que MAGIX tiene a su disposición no son suficientes para satisfacer a todos las Partes contratantes, MAGIX estará autorizada a acometer reducciones equivalentes en todos los compromisos de suministro. Por encima de estas cantidades, MAGIX quedará liberada de la obligación de suministrar.


V. Negativa de la otra Parte contratante a aceptar la mercancía

1. Mientras dure la negativa de la otra Parte contratante a aceptar la mercancía, MAGIX estará autorizada a almacenar por riesgo y a cargo de la otra Parte contratante los bienes objetos de suministro. Para ello MAGIX podrá recurrir a un transportista o a otro almacén.

2. Durante el tiempo de negativa a aceptar la mercancía, la otra Parte contratante deberá pagar a MAGIX en concepto de restitución de los costes de almacenamiento, y sin que sea necesaria más prueba, un importe equivalente a un 1% del precio de compra, como máximo, sin embargo, 150 euros. Las partes contratantes podrán, si así lo desean, presentar prueba de mayores o menores costes de almacenamiento.

3. Si la otra Parte contratante se negase a aceptar la mercancía tras el vencimiento del plazo que se le hubiese fijado o si declarase no querer aceptar la mercancía, MAGIX podrá negarse a cumplir el contrato y a solicitar una indemnización en lugar de prestación.

4. En la medida en que MAGIX esté autorizada a rescindir el contrato y haga uso de este derecho, MAGIX tendrá derecho a percibir una indemnización por los costes incurridos equivalente a un 50% del precio de compra / valor del pedido, sin que tenga que especificar los daños con más detalle, a no ser que las partes en el contrato demuestren haber sufrido mayores o menores daños.


VI. Cesión del riesgo

1. El riesgo se considerará transferido a la otra Parte contratante en el momento en que el envío se haya entregado a la persona encargada de llevar a cabo el transporte o cuando abandone el almacén de la sociedad MAGIX con el objeto de ser enviado.

2. Cuando la otra Parte contratante se haga cargo de la mercancía que le entregan bien la agencia de transportes bien el transportista, este hecho tendrá la consideración de prueba de la cantidad, el perfecto embalaje y la carga.

3. Si el envío se retrasase o se viese impedido por causas no imputables a MAGIX, el riesgo se considerará transferido en el momento en el que se comunique a la otra Parte contratante la disponibilidad para el envío.

4. Una asunción de los costes de transporte por parte de MAGIX en un caso puntual no afectará a la transferencia del riesgo.

5. En caso de compra por descarga, el riesgo se considerará transferido al comprador en el momento en que finaliza el procedimiento de descarga.


VII. Garantía

1. MAGIX se compromete a conseguir para la otra Parte contratante una mercancía o servicio libre de defectos materiales y jurídicos. La mercancía o servicio tendrá la consideración de libre de defectos materiales cuando su naturaleza sea la que se ha descrito, teniendo en cuenta las condiciones de licencia para usuarios finales, en las correspondientes especificaciones técnicas de la descripción del producto y cuando sea conforme a los estándares de la industria. No habiéndose acordado propiedades y/o características distintas a estas o de mayor alcance, o una utilización que exceda estos límites. Especialmente, los planos, ilustraciones, medidas, pesos, datos técnicos, descripciones de programas, programas de demostración y otras prestaciones deben entenderse como meros valores aproximados y no implican ninguna garantía con respecto a la naturaleza de la mercancía, a no ser que se designen expresamente por escrito como vinculantes.

2. Las indicaciones en prospectos y otros documentos no constituyen una garantía en el sentido de lo establecido en el Código Civil [BGB]. Las garantías precisan de una confirmación expresa y escrita por parte de MAGIX.

3. Los derechos de autor sobre un producto que posea MAGIX no suponen ningún defecto jurídico en el sentido de lo establecido en la legislación.

4. El derecho a reclamar prescribirá pasados 12 meses desde la entrega.

5. El periodo de garantía comienza con el suministro desde el lugar de salida de la mercancía.

6. El desgaste y el deterioro no justificarán ninguna reclamación de garantía.

7. Desviaciones de poca importancia con respecto a lo establecido en las especificaciones técnicas no justificarán ninguna reclamación de garantía.

8. MAGIX no garantiza de que el software satisfaga las exigencias de la otra Parte contratante o que, de acuerdo con su elección, sea compatible con otros programas. Según el estado actual de la técnica no es posible excluir errores de los programas de tratamiento de datos en todos los campos. De modo que el objeto de todos los contratos formalizados con MAGIX es un software apto para el uso, en el sentido de la descripción del producto. MAGIX no asume ninguna garantía sobre la elección, la instalación y la utilización, así como sobre los resultados que se pretenden alcanzar de este modo con el software. La otra Parte contratante es la responsable de la correcta instalación del software. Ni la instalación ni las indicaciones o los cursos impartidos a la otra Parte contratante o a sus colaboradores por parte de MAGIX forman parte del volumen de prestaciones. Tales prestaciones requieren un acuerdo por escrito individualizado y se facturarán aparte.

9. Si no se atienden las instrucciones de empleo o de mantenimiento de MAGIX, se realizan modificaciones, se sustituyen partes o se utilizan materiales de consumo que no se corresponden con las especificaciones originales, y en la medida que los defectos puedan atribuirse a estas causas, caducará cualquier garantía. Esto también será de aplicación cuando el defecto sea atribuible a la utilización, almacenamiento y manipulación inadecuada del producto o a una inadecuada injerencia de terceros, excepto cuando la otra Parte contratante demuestre en la notificación del defecto que las modificaciones o injerencias no son la causa del defecto.

10. Si la mercancía o el servicio no tuviese la naturaleza acordada, la otra Parte contratante tendrá, en primer lugar, derecho a un cumplimiento posterior. MAGIX está autorizada - siempre que la otra Parte contratante tenga la condición de empresario - a elegir entre la eliminación del defecto o el suministro de una mercancía sin defectos. Si el cumplimiento posterior acarrease a MAGIX costes desproporcionados, MAGIX estará autorizada a negarse a prestar el cumplimiento posterior. MAGIX tendrá derecho a emprender dos intentos de reparación del error detectado. La otra Parte contratante concederá a MAGIX un plazo suficientemente largo para el cumplimiento posterior.

11. La reclamación de otros derechos estará ligada al vencimiento sin resultados del plazo adecuadamente largo que la otra Parte contratante haya concedido para el cumplimiento posterior.

12. Solamente tras la extinción de un plazo adecuadamente largo concedido para llevar a cabo el segundo intento de cumplimiento posterior, la otra Parte contratante podrá exigir la reducción de la remuneración. El derecho a rescindir el contrato estará sujeto a la condición de que la otra Parte contratante, además de fijar un plazo, amenace con el rechazo de la prestación de MAGIX.

13. MAGIX podrá llevar a cabo modificaciones, especialmente en el diseño y forma de las mercancías o servicios, siempre que no se trate de modificaciones fundamentales y que únicamente afecten de manera poco importante a la finalidad del contrato. Las modificaciones de diseño o ejecución responden al estado actual de la técnica. Las correspondientes modificaciones llevadas a cabo por MAGIX o sus suministradores tras la formalización del contrato y que no afecten al buen funcionamiento del objeto de suministro no darán derecho a reclamación.

14. Los derechos frente a MAGIX derivados de la prestación de garantía corresponden únicamente a la otra Parte contratante inmediata y no podrán ser cedidos.


VIII. NOTIFICACIÓN DE DEFECTOS

1. Cuando se trate de suministros, la otra Parte contratante deberá comprobar inmediatamente si la mercancía está completa y si presenta defectos manifiestos.

2. De no realizarse una reclamación escrita o mediante telecomunicación, que MAGIX deberá recibir dentro de los seis días naturales siguientes a la recepción de la mercancía, se considerará que la mercancía se ha suministrado en la debida forma y completa, excepto cuando se trate de un vicio oculto.

3. Los vicios ocultos, esto es, aquellos que tampoco pueden detectarse tras una inspección minuciosa y que no pueden ser descubiertos dentro de este plazo, deberán ser objeto de una reclamación por escrito a MAGIX en cuanto sean detectados.

4. Quedarán excluidas las reclamaciones de garantía en aquellos casos en los que el defecto, aunque haya sido descubierto por la otra Parte contratante, no se comunique inmediatamente a MAGIX dentro del plazo citado en el apartado VIII, punto 2, o cuando la mercancía defectuosa se haya vendido total o parcialmente.

5. Quedarán excluidas las reclamaciones de garantía cuando la mercancía defectuosa, a pesar de que el defecto haya sido descubierto por la otra Parte contratante, haya sido sometida a algún tipo de tratamiento o haya sido usada.

6. Para hacer valer una reclamación de garantía, la otra Parte contratante deberá enviar o suministrar a MAGIX la mercancía suministrada junto con una descripción detallada del defecto, indicando la denominación del producto y un número de revisión a adjudicar por MAGIX así como el número de serie y una copia del albarán con el que se envió el producto.

7. Los productos deberán llegar libres de costes y serán suministrados de nuevo por MAGIX sin que esta se haga cargo de los costes de transporte, excepto cuando los costes de transporte no guarden relación con el importe del pedido.

8. A través de la sustitución no entrarán en vigor nuevos plazos de garantía.

9. La garantía quedará limita exclusivamente a la reparación o la sustitución de los objetos suministrados que hayan sido reclamados.

10. La otra Parte contratante deberá ocuparse de que al enviarse los productos objeto de reclamación se realicen copias de seguridad de los datos que se encuentren en ellos, pues podrían perderse.


IX. Responsabilidad

1. MAGIX se responsabilizará de los daños causados por ella o por sus empleados auxiliares y que sean debidos a imprudencia leve - también fuera de contrato - solamente cuando se haya infringido una obligación cuyo cumplimiento sea importante a efectos de cumplir el contrato (obligación principal) así como en aquellos casos en que se atente contra la vida, el cuerpo o la salud.

2. En caso de infringirse una obligación principal, la responsabilidad se limitará a aquellos daños cuya presencia se pueda suponer en el marco del acuerdo existente, siempre que no exista dolo o grave imprudencia o se responda obligatoriamente por atentarse contra la vida, el cuerpo o la salud.

3. Los derechos de garantía de la otra Parte contratante contra MAGIX derivados de este contrato prescribirán a los 12 meses de la entrega.

4. La responsabilidad que corresponda de acuerdo con la Ley sobre la responsabilidad por productos defectuosos no se verá afectada por lo acordado en este contrato.

5. En caso de pérdida de datos MAGIX solo responderá en la cuantía de los costes de reconstrucción que resultarían necesarios en caso de que se dispusiese copias de seguridad.

6. MAGIX no será responsable de aquellos daños que la otra Parte contratante pueda dominar o de aquellos daños que la otra Parte contratante hubiese podido evitar con medidas que resulta razonable esperar de ella.


X. Reserva de dominio

1. MAGIX mantendrá la propiedad sobre el objeto del contrato (p.ej., portadores de datos, manuales, etc.) hasta que haya sido pagada la totalidad de sus derechos de cobro derivados del contrato. Cuando la otra Parte contratante sea una persona jurídica de Derecho Público, del Patrimonio Público especial, o un empresario en ejercicio de su actividad empresarial o actuando como profesional independiente, MAGIX mantendrá la propiedad sobre el objeto del contrato, aún por encima, más allá de esta relación comercial, hasta que se hayan satisfecho los derechos de cobro de MAGIX que se deriven de este contrato.

2. MAGIX se obliga - si así lo solicita la otra Parte contratante - a liberar las garantías que elija la otra Parte contratante, y a las que tenga derecho de acuerdo con las condiciones anteriores, cuando el valor realizable de las garantías supere en más de un 20% los derechos de cobro a asegurar, siempre que estos no hayan sido satisfechos.

3. La otra Parte contratante estará autorizada a someter a manipulación y a vender la mercancía objeto de reserva de dominio en las condiciones habituales en el tráfico mercantil, siempre que no se encuentre en mora. La prenda y las transmisiones en garantía no están permitidas.

4. Los derechos de cobro (incluyendo la totalidad de los saldos de cuentas corrientes, derechos de restitución, etc.) relativos a la mercancía objeto de dominio y que tengan su origen en la reventa o cualquier otra razón legal (seguro, acto ilícito, etc.) son cedidos en su totalidad, ya en este momento, y en concepto de garantía, a MAGIX por la otra Parte contratante.

5. MAGIX otorga poderes irrevocables a la otra Parte contratante para cobrar por su cuenta y en su propio nombre los derechos de cobro cedidos a MAGIX. El poder de cobro puede revocarse si la otra Parte contratante no cumple adecuadamente con sus obligaciones de pago.

6. La otra Parte contratante deberá informar inmediatamente por escrito a MAGIX caso de que terceros accedan al bien objeto de reserva de dominio y advertir a los terceros de que MAGIX es la propietaria.

7. Si la otra Parte contratante incurriese en demora en los pagos o si incumpliese de manera dolosa alguna importante condición contractual, MAGIX estará autorizada a recoger la mercancía objeto de la reserva de dominio.

8. Ni la recogida ni el embargo de la mercancía objeto de la reserva de dominio constituirán una rescisión del contrato, siempre que la otra Parte contratante sea un comerciante y el artículo 503 del Código Civil [BGB] no sea aplicable.

9. Cuando MAGIX haga valer su reserva de dominio, se extinguirá el derecho de la otra Parte contratante a continuar utilizando el software.

10. Un eventual tratamiento o transformación lo será siempre para MAGIX como fabricante en el sentido de lo establecido en el artículo 950 del Código Civil [BGB], sin que esto obligue a MAGIX. Cuando se trate de transformación o combinación de la mercancía objeto de la reserva de dominio con otras mercancías, de ello se derivará básicamente un derecho de copropiedad de MAGIX sobre la nueva cosa y, en concreto en el caso de la transformación, en proporción al valor de la mercancía objeto de dominio en relación con el valor de la otra mercancía. Si el comprador deviniese propietario único, concede ya en este momento a MAGIX el derecho de copropiedad en relación con los valores citados y asume la custodia gratuita de la cosa por MAGIX. Si las mercancías surgidas de la transformación o combinación fuesen vendidas, la cesión previamente acordada solo lo será por el valor de la mercancía objeto de reserva de dominio. Si la mercancía objeto de la reserva de dominio se utilizase para el cumplimiento de un contrato de obra o de suministro y obra o si la otra Parte contratante almacenase datos en los soportes de datos suministrados por MAGIX y sujetos a la reserva de dominio, serán de aplicación los puntos 4 y 5 de este apartado.


XI. Prohibición de cesión

1. Quedará excluida la cesión a terceros de derechos de cobro frente a MAGIX, siempre que MAGIX no haya aceptado expresamente la cesión.

2. Cuando no se trate de derechos que no sean, en principio, susceptibles de cesión, especialmente aquellos a los que se refiere el apartado VII, punto 14 de estas AVL (Garantía), se deberá aceptar la cesión si la otra Parte contratante demuestra que hay cuestiones que superan en importancia al interés que pueda tener MAGIX en mantener la prohibición de cesión.


XII. Derechos de autor / Derechos de uso

1. Cuando el suministro incluya software, descripciones de software, música o películas en formato audio o digital u otras obras protegidas por derechos de autor y la obra se entregue a la otra Parte contratante para su uso, se concederá a la otra Parte contratante un derecho simple y no exclusivo de uso sobre la obra correspondiente, de acuerdo con las respectivas condiciones de las licencias para usuarios finales de MAGIX (MAGIX EULA, e-EULA, MIET-EULA). Las EULA pueden consultarse en la web de MAGIX: www.magix.com, acompañan al producto y / o están incluidas en el CD-ROM.

2. Cuando utilice los productos, la otra Parte contratante se compromete a tener en cuenta las EULA, en especial a observar las limitaciones al uso de los productos contenidas en las mismas. Caso de incumplirse este acuerdo, la otra Parte contratante responderá de la totalidad de los daños causados por este motivo. En las EULA se regulan, p.ej.,: los derechos de copia, el uso múltiple, las modificaciones en los programas, los derechos de autor y derechos de propiedad intelectual.

3. MAGIX garantiza que, en el ámbito geográfico de validez del contrato, los productos sujetos a contrato con MAGIX están libres de derechos de propiedad intelectual de terceros que excluyan o limiten el uso por parte de la otra Parte contratante. Esto no será de aplicación cuando la otra Parte contratante utilice un producto que no haya sido aprobado por MAGIX o cuando utilice el producto después de que este haya sido modificado por terceros distintos a MAGIX, o cuando la otra Parte contratante emplee el producto bajo unas condiciones de utilización distintas a las pactadas contractualmente.

4. Cuando se cedan productos software de otros fabricantes distintos a MAGIX, deberán tenerse en cuenta como complemento a estas AVL las condiciones a que este sujeta la licencia del correspondiente fabricante en lo relativo a las modalidades de uso del software que son compatibles con la protección de los derechos de autor, especialmente en lo referente a las limitaciones en su utilización.


XIII. Reglas especiales para la reventa del software

Todos los suministros y servicios que MAGIX preste a revendedores lo serán únicamente con el objeto de revender en nombre y cuenta propios, siempre que no se acuerden otras reglas mediante un contrato individualizado. En el caso de que el suministro incluya obras protegidas por derechos de autor, se concederá a la otra Parte contratante, únicamente, un derecho de uso simple, no exclusivo y no susceptible de transmisión sobre la obra protegida por derechos de autor. Sin embargo, MAGIX concederá a la otra Parte contratante el derecho a ceder a los clientes finales las obras protegidas por derechos de autor con las limitaciones de uso previstas en el apartado 12.


XIV. Secreto profesional

La otra Parte contratante estará obligada a mantener secretos por tiempo ilimitado la totalidad de las informaciones y datos a que haya tenido acceso como consecuencia de los suministros y la relación comercial entre MAGIX y ella misma y que, sobre la base de otras circunstancias, sean claramente reconocibles como secretos comerciales o empresariales de MAGIX y sobre los que se deba mantener la confidencialidad, y, en la medida en que esto no sea necesario para el cumplimiento del contrato, a no registrarlos, darlos a conocer a terceros o a servirse de ellos de algún otro modo.


XV. Suplementos

MAGIX estará autorizada a adjuntar a los productos folletos publicitarios y otros impresos tales como pruebas comparativas, informes periodísticos, tanto si estos dimanan de MAGIX o de terceros.


XVI. Protección de datos de carácter personal

La tramitación se llevara a cabo con ayuda de medios informáticos. Por el presente contrato, la otra Parte contratante autoriza expresamente a MAGIX a almacenar y tratar aquellos datos de los que haya adquirido conocimiento en el marco de relaciones contractuales y que sean necesarios para la tramitación del pedido, de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre protección de datos de carácter personal.


XVII. Derecho aplicable

1. A las condiciones de negocio y la totalidad de las relaciones jurídicas entre MAGIX y la otra Parte contratante les será de aplicación el derecho de la República Federal de Alemania, excluyéndose el Derecho de las Naciones Unidas sobre los contratos de venta.

2. En la medida en que la otra Parte contratante sea comerciante en el sentido del Código de Comercio [HGB], una persona jurídica de Derecho Público, del Patrimonio Público especial o no tenga su domicilio en la RFA, Berlín será el foro exclusivo para todos aquellos litigios que se deriven directa o indirectamente de esta relación contractual.

3. El lugar de prestación será Lübbecke.

4. En caso de venta u otro tipo de cesión del software de MAGIX, se aplicarán de manera complementaria las normas incluidas en las respectivas condiciones de licencia de los MAGIX End User (EULA), los cuales forman parte de estas normas. En caso de duda y / o en caso de existir normas contradictorias, las cláusulas de estas AVL tendrán prioridad sobre las cláusulas de la EULA.

5. En la medida en que existan entre las partes acuerdos contractuales individualizados que contengan normas que estén en contradicción con estas AVL o con la EULA, se aplicarán las normas contenidas en los acuerdos contractuales individualizados.

6. Las versiones en otros idiomas de estas AVL se han realizado solo a efectos de traducción. Caso de presentarse problemas de interpretación y discrepancias debidas al idioma entre la versión extranjera y la versión alemana de estas AVL, se considerará válida la versión alemana de estas AVL.


XVIII. Condiciones para el canje de vales online

1. Los vales online pueden enviarse por correo electrónico a los clientes de MAGIX cuando se realicen promociones especiales de vales, rebajas o ventas. Estos vales pueden utilizarse solamente en la MAGIX Online Shop en www.magix.com por los clientes que se identifiquen mediante el número de cliente. El canje para los MAGIX Servicios Online como, por ejemplo, el MAGIX Álbum Online, MAGIX Website Maker, etc. no es posible.

2. Los vales que se adquieren durante un proceso de compra no pueden utilizarse inmediatamente para el mismo proceso de compra, sino que tendrán validez a partir de la finalización de este proceso de compra.

3. Para canjear el vale online durante el proceso de pedido, se ha de introducir el código de activación del vale en la casilla correspondiente y confirmar el canje con el botón “canjear”. No es posible realizar una deducción posterior al importe ya cargado en cuenta.

4. Pueden adquirirse y canjearse muchos vales. Sin embargo, en cada proceso de compra puede utilizarse un solo vale, es decir, que no es posible utilizar varios vales en un solo pedido. Los vales online sólo pueden canjearse en la página de MAGIX del país que ha emitido el vale online.

5. Cuando se adquiere un vale online al comprar un producto, el vale online se enviará a la dirección de e-mail indicada en el proceso de compra el día en que se ha realizado el pedido. Si no existe indicación en contrario, la duración de validez del vale es de 12 meses a partir de su emisión.

6. MAGIX sólo deduce el importe de los vales siempre que este importe esté indicado en el vale online.Una vez finalizado el periodo de validez, el vale online no podrá canjearse. Tampoco está permitido canjear el vale por otra mercadería o servicios diferentes a los indicados en el vale online. Los vales online pueden utilizarse para todos los productos MAGIX. Quedan excluidas las ofertas de otros fabricantes, tanto hardware como software, así como las ofertas de reducción de precio y codificadores, salvo indicación explícita en contrario.

7. Los vales no pueden pagarse en efectivo. La reventa de los vales tampoco está permitida.

8. Si el valor del vale supera el monto total del pedido que se realiza, el monto restante caducará al momento de finalizar el pedido.